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Documento BOE-B-2014-14267

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 22 de abril de 2014, páginas 18851 a 18851 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-14267

TEXTO

Edicto

Doña Ángela Quesada Martos, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 86/14 se ha dictado en fecha 8-4-14 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Perfilacero S.L., con CIF n.º B-30675292, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cartagena (Murcia).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor con la autorización y/o conformidad de la Administración concursal, que ha recaído en Ruiz, Casero y Navarro, profesionales concursales S.L.P. con CIF B23689797, actuando en su nombre Juan Navarro Ros, con domicilio profesional en Ronda de Garay, n.º 39, 4.ºF, 30003 Murcia, teléfono 858.992.363, fax 953.29.40.47 y correo electrónico concursoperfilacero.rucana@gmail.com.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Murcia, 8 de abril de 2014.- La Secretaria judicial.

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