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Documento BOE-B-2014-15490

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 3 de mayo de 2014, páginas 20461 a 20461 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-15490

TEXTO

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretario/a Judicial de Jdo. Primera Instancia n. 6 de Logroño, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 193/2014 Sección I Declaración de Concurso y NIG n.º 26089 42 1 2014 0001965 se ha dictado en fecha uno de abril de dos mil catorce Auto de declaración de concurso voluntario y ordinario del deudor SCREENLUZ, SL, con CIF B-26293167, cuyo centro de intereses principales lo tiene en polígono industrial La Yasa, parcela 11, de Albelda de Iregua (La Rioja).

2.º Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a Administraciones Concursales y Patrimoniales, SL, habiendo aceptado el cargo Don Rubén Ranero Ranera como representante de la misma, de profesión abogado, habiendo aceptado el cargo en fecha quince de abril de dos mil catorce, con domicilio profesional en Calle General Vara de Rey, n.º 66-68, de Logroño, con dirección electrónica screenluz@administracionesconcursalesypatrimoniales.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Logroño, 15 de abril de 2014.- El/la Secretaria Judicial.

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