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Documento BOE-B-2014-15508

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 3 de mayo de 2014, páginas 20479 a 20479 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-15508

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 57/2014 en el que se ha dictado con fecha 3/2/14 auto declarando en estado de concurso a la entidad Albera, SCCL, con CIF F58894569 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8000393

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso Concursada: Albera, SCCL con domicilio en C. Caracas, 33, 08030 Barcelona (Barcelona)

Administrador concursal: D.ª Fina Puigdesens Gaja, con domicilio en C. Corsega, 420, 2-1, 08037 Barcelona (Barcelona) con correo electrónico info@pggrup.es

Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por

Medios electrónicos: La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales.

También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones. Se acompañará copia en forma electrónica encaso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse

Barcelona, 10 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.

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