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Documento BOE-B-2014-1589

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 2014, páginas 2042 a 2042 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-1589

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento Concurso Ordinario-000066/2010-K, sobre declaración de concurso de la mercantil Alicantina de Renta y Gestión, S.L., y Rent Autisa, S.L., con C.I.F. número B-03757358 y B-53299129, se ha dictado Auto de fecha 10 de diciembre de 2013, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Acuerdo:

1. La clausura inmediata de las oficinas, establecimientos o explotaciones del deudor Rent Autisa, S.L. y la apertura de la fase de liquidación.

2. La clausura de las oficinas, establecimientos o explotaciones del deudor Alicantina de Renta y Gestión, S.L. en las siguientes condiciones:

- Se mantendrán abiertos hasta el mismo día en que en una eventual fase de liquidación se supere el periodo de venta en bloque de la empresa fijado en el plan de liquidación, en caso de haberse aprobado en esos términos, o hasta la aprobación del plan de liquidación en caso de no incorporar una previsión de venta en bloque.

- No se clausurarán mientras se encuentre la mercantil en fase de convenio.

3. Lo acordado por esta resolución se llevará a cabo por la Administración Concursal, del modo y forma previsto en la ley.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).

Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente.

Alicante, 18 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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