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D.ª María Pilar Moreno Arenas, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia:
1. Que en el Sección I Declaración Concurso 83/2012, referente al concursado, "Construcciones Eloy Navas, S.A." con CIF: A-13048939, y los acumulados al mismo, estos son, el concurso de don Miguel Ángel Navas Linares y doña Juana María Ruiz Aranda (concurso 384/12); don Pedro Lorenzo Navas Linares y doña María Luisa Caro Prado (concurso 385/12); don Jesús Navas Linares y doña María de las Cruces Cabanes Rodríguez de Guzmán (concurso 390/12); de la herencia yacente de don José Luis Navas Linares (concurso 391/12), y "Navas Linares Promociones, S.L." (concurso 393/12), por auto de 30 de abril de 2014 se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. La situación de los concursados durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.
3. Se declaran disueltas las mercantiles "CONSTRUCCIONES ELOY NAVAS, S.A.", con CIF: A-13048939, y "NAVAS LINARES PROMOCIONES, S.L.", con CIF: B-13332895.
4. Se declara extinguido el derecho de alimentos de los concursados (personas físicas), con cargo a la masa activa.
5. Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de los concursados conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Ciudad Real, 30 de abril de 2014.- Secretaria judicial.
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