El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia:
Que el procedimiento concurso voluntario abreviado número 369/2012, referente al concursado Juan Carlos Caballero González, con NIF 30451529N por auto de fecha de 5 de febrero de 2014 ha acordado lo siguiente:
1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 20 de noviembre de 2013, por no concurrir el quórum necesario conforme al artículo 116.4 de la ley concursal.
2. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la Ley Concursal.
3. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Córdoba, 5 de febrero de 2014.- El/La Secretario judicial.
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