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Documento BOE-B-2014-17410

TERUEL

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 19 de mayo de 2014, páginas 23063 a 23063 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-17410

TEXTO

Doña Laura Hernández Marzo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción (Mercantil) N. 1 de Teruel, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en Sección I Declaración Concurso 0000149/2014, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha ocho de abril de dos mil catorce Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado de Excavaciones Manuel Vera, Sociedad Limitada, con CIF n.º B-44174902, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Paseo Andrade, n.º 24, urbanización Los Chopos, casa 12, Alcañiz (Teruel).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de Un Mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la administración concursal es la siguiente: Abogados y Economistas especialistas en A.C.S.L.P.

La dirección postal de la administración concursal es la siguiente Avenida América, n.º 30, Edificio Río de Janeiro, bajo, puerta 3, 44002 Teruel

La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: concurso.excavacionesvera@e-bbi.com.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Teruel, 15 de abril de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

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