De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no habiendo podido notificar, a D. Jesús Quinta Morueta, el requerimiento de desalojo voluntario acordado por este Organismo con fecha 11 de abril de 2014, se le hace saber que, de la documentación obrante en este Organismo, se desprende que se encuentra incurso en causa de resolución de la cesión de uso de la vivienda militar sita en Utrera (Sevilla), por la causa contemplada en el artículo 10.1.g) de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de Medidas de Apoyo a la Movilidad Geográfica de los Miembros de las Fuerzas Armadas, y por haberse producido la extinción del derecho de uso transitorio hasta oferta de venta, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional Segunda.1, letras a), párrafo último, y c), de la referida Ley 26/99.
De acuerdo con lo anterior, mediante el presente anuncio se le requiere para que proceda a desalojar voluntariamente la vivienda, en el plazo de un mes, desde la presente publicación, dejándola libre de personas, muebles y enseres, y poniéndola a disposición del Área de Patrimonio en Sevilla.
En caso contrario se le incoará expediente administrativo de desahucio.
Madrid, 21 de mayo de 2014.- La Jefe de Área de Expedientes de la Subdirección General de Gestión.
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