D. Enrique Calvo Vergara, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento n.º 431/11 por auto de fecha 15/11/12 se declaró en concurso voluntario al deudor Maxco Importaciones y Logística, S.L., con CIF número B-83382994.
2.º Que con fecha 12/05/14 se ha dictado resolución por la que:
Se acuerda la conclusión del presente procedimiento concursal por inexistencia de bienes o derechos propiedad de la concursada Maxco Importaciones y Logística, S.L., ni de terceros responsables para hacer satisfacer a los acreedores, ni de la viabilidad de acciones de reintegración.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Madrid, 12 de mayo de 2013.- Secretario Judicial.
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