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Documento BOE-B-2014-1973

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2014, páginas 2535 a 2535 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-1973

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 844/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad María García Ballester y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 844/2013 Sección C5.

Nig del procedimiento.- 08019 47 1 2013 8006407.

Entidad concursada.- María García Ballester, con DNI n.º 36570616H.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 19 de diciembre de 2013.

Administrador/es concursal/es.- Don Alberto Pla Paya con DNI 35036834-Z, domicilio en G. Vía Carlos III, 93, 3.º, 1.ª 08028, Barcelona (Barcelona), teléfono 607433444 y correo electrónico albertopla@icab.es

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 7 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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