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Documento BOE-B-2014-19913

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 4 de junio de 2014, páginas 26469 a 26469 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-19913

TEXTO

Edicto

D./Dña. Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000351/2013, seguido a instancias del Procurador/a don Bernardo Rodríguez Cabrera, en nombre y representación de don Tomás Monsalve Díaz y Maria de los Ángeles Acosta Medina, se ha dictado Auto el día 10/04/2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de don Tomás Monsalve Díaz y María de los Ángeles Acosta Medina, con DNI n.º 43257301m y 42836559w, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario Conforme prevé el artículo 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el tablón de anuncios del juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Pedro Cabezas de Herrera Santamaría, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de Dolores de la Rocha, n.º 41, de Las Palmas de Gran Canaria y código postal 35001, teléfono 922100222 y 600511288 y fax 922288306.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Antonio Carlos Martínez Uceda Calatrava, Magistrado-Juez. Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario/a Judicial.-Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto

Las Palmas de Gran canaria, 21 de mayo de 2014.- Secretario Judicial.

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