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Documento BOE-B-2014-20913

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2014, páginas 27905 a 27905 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-20913

TEXTO

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal n.º 215/2013, seguido a instancias del Procurador don Francisco Ojeda Rodriguez, en nombre y representación de La Flor Burgalesa, S.L., Magdalenas las Heras, S.A., Gracomsa Alimentaria, S.A., Los Jovianes, S.L., Inter Dulces, S.A., y Olmedo Sánchez Hermanos, S.L., frente a COMERCIAL NOYERI, LAS PALMAS, S.L, con CIF n.º B35833862 se ha dictado Auto, el día 7 de mayo de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de COMERCIAL NOYERI, LAS PALMAS S.L., con CIF n.º B35833862, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de necesario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

No habiendo aceptado el cargo el Administrador concursal designado en el Auto de declaración de concurso, por Auto, de fecha 26 de mayo de 2013, se designa como Administrador del concurso a don Pedro Pablo Miranda Guillén, Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Mayor de Triana, n.º 44, planta 3 (acceso por la calle Clavel, n.º 2), CP. 35002 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928 330 400, FAX 928 330 850 y dirección electrónica concursocomercialnoyeri@abeco-group.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda, intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.

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