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Documento BOE-B-2014-2121

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2014, páginas 2707 a 2707 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-2121

TEXTO

E d i c t o

El Juzgado Mercantil número 7 de Madrid de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.),

Anuncia

Que en el procedimiento concursal 371/2009 referente a la concursada ESCON OBRAS SL con fecha 03/01/14 se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.- Concluir el presente procedimiento concursal por conclusión de las operaciones del liquidación por el Administrador concursal de la mercantil ESCON OBRAS SL

2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.- Se acuerda la extinción de la mercantil ESCON OBRAS SL y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda

Queda el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

4.- Expídase mandamiento al Registro Mercantil de Madrid, a los fines de que proceda a la cancelación de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo, así como el cese de los administradores concursales y el cierre de su hoja de inscripción.

5.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado, y en el tablón de anuncios del juzgado.

6.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.

7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.

Madrid, 3 de enero de 2014.- La Secretario judicial.

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