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Documento BOE-B-2014-21677

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 17 de junio de 2014, páginas 29009 a 29009 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-21677

TEXTO

Edicto

Doña Carmen Fresneda García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia:

Que en el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia n.º 669/2013.

En Madrid, a 19 de diciembre de 2013.

Vistos y oídos por D. Teodoro Ladrón Roda, Magistrado-Juez de refuerzo en comisión de servicios en el Juzgado Mercantil n.º 6 de esta localidad, los presentes autos de juicio ordinario seguidos bajo el número 847/2008, a instancia de D. Tomás Fernández Gálvez, ostentando su representación el/la Procurador/a D./D.ª Antonio Javier Campal Crespo y su defensa técnica el/la Letrado/a D./D.ª Fausto Barambones Robledo, contra D. Jesús Ángel Martín-Viveros Rodríguez-Palancas, ostentando su representación el/la Procurador/a D./D.ª Julián Caballero Aguado y su defensa técnica el/la Letrado/a D./D.ª Francisco Javier Villalobos Barbudo, contra D. Jesús Martín Esteban, ostentando su representación el/la Procurador/a D./D.ª María de los Ángeles Ancos Bargueño y en su defensa técnica el/la Letrado/a D./D.ª José Luis Blasco Torres y contra D. Francisco Moruno Gárate, en situación de rebeldía procesal en el presente procedimiento, sobre acción de responsabilidad de los administradores sociales y resultando los siguientes:

Fallo

Estimar totalmente la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Tomás Fernández Gálvez contra D. Jesús Ángel Martín-Viveros Rodríguez-Palancas, D. Jesús Martín Esteban y D. Francisco Moruno Gárate y

Condenar solidariamente a D. Jesús Ángel Martín-Viveros Rodríguez-Palancas, D. Jesús Martín Esteban y D. Francisco Moruno Gárate a pagar a D. Tomás Fernández Gálvez la cantidad de doscientos sesenta y ocho mil ciento cuarenta y cinco euros (268.145 €), devengando dicha cantidad los intereses legales, incrementados en dos puntos desde la fecha de la presente resolución, desde la interpelación judicial (14/4/09) hasta el completo pago del principal, debiendo satisfacer a la actora las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que, contra la misma, cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días para su ulterior resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Francisco Moruno Gárate, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, 23 de mayo de 2014.- El/La Secretario.

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