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Documento BOE-B-2014-21811

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre notificación de propuesta de resolución y trámite de audiencia relativo a procedimientos sancionadores incoados por infracción al texto refundido de la Ley de Aguas de los expedientes E.S. 200/13/BA y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 17 de junio de 2014, páginas 29198 a 29199 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-21811

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), por la presente comunicación se notifican las propuestas de resolución y trámite de audiencia, formulados en expedientes sancionadores incoados por infracción a la Ley de Aguas que a continuación se relacionan, al no haber sido posible su notificación, ya que tras efectuar doble intento de la misma, dicha notificación no se ha podido practicar.

La propuesta de resolución y trámite de audiencia podrá ser recogido por los interesados o representante legal acreditado, en las oficinas de este Organismo sitas en c/ Sinforiano Madroñero, 12 de Badajoz, pudiendo solicitarse igualmente por escrito.

Se le significa que se le concede un plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la presente publicación para que pueda alegar lo que estime más conveniente en su defensa.

N.º de expediente. Interesado. Infracción. Sanción. Determinación.

E.S. 200/13/BA. D. Antonio Fernández Fernández. Ejecución de obras en zona de dominio público hidráulico del embalse del Cíjara. Suprimir el importe de la sanción prevista. Determinación: Deberá proceder en plazo máximo de 15 días, a la retirada de las obras ejecutadas en el dominio público hidráulico, lo que implicaría su demolición y transporte a vertedero autorizado, dejando la zona del embalse afectada debidamente acondicionada, con la advertencia de que su incumplimiento podría implicar la imposición de multa coercitiva y/o la ejecución subsidiaria por este Organismo de cuenca, siendo de su cuenta los gastos que por tal actuaciones se ocasionen.

E.S. 210/13/BA. D. Juan José Mata Ovejero. Navegación fluvial en el embalse de Orellana. Sanción: 600 € (seiscientos euros). Determinación: - Advertirle que el ejercicio de la navegación, requiere la presentación de la declaración responsable, con la advertencia de que su incumplimiento podría implicar la imposición de las sanciones y determinaciones que reglamentariamente procedan.

- Advertirle, según establece el art. 59 del R.D.P.H. que quienes presenten declaración responsable para navegar responden de que sus embarcaciones cumplan con la legislación vigente en cuanto a elementos de seguridad que deban disponer; debiendo llevar la embarcación como mínimo un chaleco salvavidas por persona autorizada.

E.S. 230/13/BA. D. Juan José Mata Ovejero. Navegación fluvial en el embalse de Orellana. Sanción: 600 € (seiscientos euros). Determinación: - Advertirle que el ejercicio de la navegación, requiere la presentación de la declaración responsable, con la advertencia de que su incumplimiento podría implicar la imposición de las sanciones y determinaciones que reglamentariamente procedan.

- Indicarle que la Resolución de 4 de febrero de 2013, establece en su apartado 22, que toda embarcación deberá llevar dispuesta la matrícula correspondiente en el costado de estribor, junto a la proa y al menos 20 cm por encima de la línea de flotación.

E.S. 240/13/BA. D. Juan José Mata Ovejero. Navegación fluvial en el embalse de Orellana. Sanción: 600 € (seiscientos euros). Determinación: - Advertirle que el ejercicio de la navegación, requiere la presentación de la Declaración Responsable, con la advertencia de que su incumplimiento podría implicar la imposición de las sanciones y determinaciones que reglamentariamente procedan.

- Advertirle que la Resolución de Limitaciones a la navegación (Resolución de 4 de febrero de 2013, BOE 14 de febrero de 2013), establece en su apartado 17 que toda embarcación a motor o vela con eslora superior a 4.0 m o cualquier embarcación propulsada por motor de potencia igual o superior a 5 CV, requerirá estar amparada por un seguro de responsabilidad civil.

- Indicarle que la Resolución de 4 de febrero de 2013 de esta Confederación Hidrográfica, establece que se prohíbe la navegación entre la desembocadura del arroyo Las Valsecas hasta el pié de presa de García de Sola.

Badajoz, 27 de mayo de 2014.- Comisario de Aguas.

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