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Documento BOE-B-2014-22568

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 24 de junio de 2014, páginas 30216 a 30217 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-22568

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento concursal necesario n.º 74/2010, de la Entidad Valk, S.L., con CIF B-38036547 se ha dictado Auto de declaración de fecha 19/4/2012, así como auto de conclusión de fecha 17/10/2012 cuyos puntos principales, de la Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Auto de 19/4/2012.-Se declara en concurso, que tiene carácter de necesario ordinario a la Entidad Valk, S.L., con CIF B-38036547, y se declara abierta la fase común del concurso. Se nombra a administrador concursal con las facultades legalmente previstas. Se suspende el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal. Comuníquese el nombramiento al interesado, a fin de que en el plazo de cinco días desde su recibo comparezcan ante el Juzgado y manifieste si acepta o no el encargo o si concurre alguna causa de recusación, debiendo acreditar que tiene suscrito seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente -artículo 29 LC-. Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5.º, 84 y 85 de la Ley Concursal -redacción dada por Ley 38/11, de 10 de octubre-, a todos los acreedores de la entidad-deudora, para que en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación acordada en este Auto (BOE) comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del Juzgado por el administración concursal al tiempo de la aceptación del cargo.

La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores. Requiérase al deudor para que presente, en el plazo de diez días a contar desde la notificación del auto, los documentos enumerados en el artículo 6. Así lo dispone, manda y firma doña María de la Paloma Álvarez Ambrosio, Magistrada-Juez de adscripción territorial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe."

Auto de fecha 17/10/2012.- Doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife, a 17 de octubre de 2012.

Acuerdo:

"Procede la conclusión del concurso, y el archivo de las actuaciones. Notifíquese al Administrador concursal y por medio de Procurador a las partes personadas, publíquese en el BOE el correspondiente edicto -artículo 23 LC-. Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor y el cese de la Administración concursal. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil, a fin de proceder el cierre de su hoja de inscripción -artículo 24 LC-. Modo de Impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno."

Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo) y lo extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 12 de junio de 2014.- El Secretario judicial.

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