Edicto
Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 494/2014-CR en el que se ha dictado con fecha 4/06/2014 auto declarando en estado de concurso a la entidad Jordi Anfruns, S.L., con CIF: B-60323862, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014–8004014.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Jordi Anfruns S.L., con domicilio en C/ Mayor, 80, Sant Celoni 08470 Barcelona.
Administrador concursal: Administración e Intervención Concursal S.L.P, con domicilio en C/ Maestro Nicolau, 6, bajos, 08021 Barcelona. Teléfonos: 932 01 40 40, 649 44 00 67 y fax 932 00 98 22 con correo electrónico pedromayor@economistas.com
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos regístrales.
También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 10 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.
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