Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén anuncia:
Que en la Sección V, del procedimiento concursal número 250/2013 referente a los concursados GUILLERMO MARTÍNEZ ORTIZ y JUANA NAVARRETE ZAMBRANA, con dni números 26473085-Q y 26474003-Z, respectivamente, por auto de fecha 28 de marzo de 2014 se ha acordado lo siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada y abrir la fase de liquidación, convirtiéndose en este sentido el contenido de la Sección quinta.
2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.
3.- Declarar la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa salvo cuando fuere imprescindible para atender las necesidades mínimas del concursado y las de su cónyuge, pareja de hecho inscrita cuando concurra alguna de las circunstancias prevista en el art. 25.3 de la referida Ley y descendientes bajo su potestad.
Jaén, 31 de marzo de 2014.- El/la Secretario Judicial.
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