Edicto
D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,
Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado n.º 674/2013, se ha acordado mediante auto de fecha 30 de junio de 2014, la conclusión y el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil IGP La Torre, S.L., provista de CIF núm. B-17.968.264, con domicilio sito en la calle Sant Sebastià, número 25, 1er., de la población de Palafrugell (Girona) quedando la deudora mercantil responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de la concursada mercantil.
En cumplimiento del Real Decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª, la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la LC.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la LC, en relación con el segundo párrafo del art.23 de la Ley Concursal, expido el presente en
Girona, 30 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.
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