Edicto
Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,
Hago saber: Que en este Juzgado se siguen los autos de Concurso Abreviado 115/2009 de la mercantil que en este Juzgado se tramita concurso de acreedores del deudor Hostmur, S.L., con domicilio en la calle Alejandrina, 1, 1.º, Rafal (Alicante), y C.I.F. número: B-03917812, en cuyo seno se ha dictado el 11-06-14 Auto declarando concluso el concurso cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente;
"Parte dispositiva.
Acuerdo:
1.º Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.º Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.º Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.º Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.
5.º La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de Impugnación: No cabe recurso alguno.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma don Salvador Calero García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante. Doy fe.
El Magistrado-Juez. La Secretaria, firmado y rubricado."
Alicante, 11 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.
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