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Documento BOE-B-2014-27658

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 31 de julio de 2014, páginas 37165 a 37165 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-27658

TEXTO

Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso

Don Francisco Velasco Garcia-Plata Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente Edicto.

Juzgado de lo Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Via de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 12 planta.

Numero de asunto. Concurso Voluntario 418/2014 5.ª

Tipo de concurso. Voluntario.

Entidad instante y NIF. "Ivetary, S.L." B 63829956.

Fecha del auto de declaración. 27 de junio del 2014.

Administradores concursales. Advice Pgs Finnance, S.L.P." con CIF B 65699068, la cual ha designado a don Salvador Federico Proñonosa Gil con DNI 22535831V, economista-auditor, domiciliados en avenida Diagonal 535, 2.º, 2.ª de Barcelona, con correo eléctronico sprononosa@advicepgsfinance.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Regimen de intervención de las Facultades de la Concursada

Llamamiento da los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electronicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 9 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

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