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Documento BOE-B-2014-27661

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 31 de julio de 2014, páginas 37168 a 37168 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-27661

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y Provincia.

Hago Saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 514/2014 en el que se ha dictado con fecha 30 de junio de 2014 auto declarando en estado de concurso a la entidad "Control Marítimo Internacional, S.L." con CIF B08095853 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019 – 47- 1- 2013 – 8003876

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso

Concursada: "Control Marítimo Internacional, S.L." con domicilio en avenida de les Drassanes n.º 6-8, 10.º oficina 6, de Barcelona

Administración Concursal: Doña María Jesús Coco Fernandez, con domicilio en palça d'Europa, 41-43 18.ª, L'Hospitalet de Llobregat con correo electrónico mcoco@kpmg.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invore un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse

Barcelona, 15 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

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