Mediante Resolución de la Dirección General de MUFACE se acordó dar de baja en la emisión de recibos semestrales a una mutualista del Fondo Especial de MUFACE que se relaciona.
Intentada la notificación, no ha podido practicarse al devolver el Servicio de Correos la comunicación dirigida a la mutualista en el domicilio que figura en la base de datos del Fondo Especial de MUFACE.
RESUELVO
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haberse podido practicar notificación, se inserte en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio la notificación de requerimiento de pago indicada.
Nombre y Apellidos |
NIF |
Expediente |
María Ángeles Hurtado Crespo |
11692305W |
320011692305W |
El expediente se encuentra en el Departamento de Gestión Económica y Financiera, Servicio de Cotizaciones y Otros Ingresos, sito en el Paseo de Juan XXIII, nº 26. 28040. Madrid. Teléfono 91.273.96.55.
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.
Madrid, 9 de julio de 2014.- El Director General, Gustavo E. Blanco Fernández.
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