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Documento BOE-B-2014-33499

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 27 de septiembre de 2014, páginas 45366 a 45366 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-33499

TEXTO

Edicto, dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 594/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Noemi Rodríguez Mondéjar, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 594/2014 Sección C5.

NIG del procedimiento.- 08019 47 1 2014 8004711.

Entidad conccursada.- Noemi Rodríguez Mondéjar, con DNI n.º 38493060F y domicilio en C/ Sant Joaquim, 73 1.º 1.ª, El Prat de Llobregat.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.-. 29 de julio de 2014.

Administrador concursal.- D. Roger Pages Capdet, con correo electrónico legal@funirey.com domicilio C/ Mandri, 13, pral. 1.ª Barcelona y n.º de telefóno 932531442.

Facultades del concursado.- Conserva sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido al ejercicio de estas a la intervención de la administración concursal.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC-- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos acuerdos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 10 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

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