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Documento BOE-B-2014-33506

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 27 de septiembre de 2014, páginas 45375 a 45376 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-33506

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia),

Anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento concursal número 1079/13 referente al concursado Bombas Centrífugas, S.A.; Chinameca Inversiones, S.L.; Divisoft, S.L.; Inzeka Servicios Integrales de Ingeniería, S.L.; Leimotiv Holding 2007, S.L.; Nortasun, S.L.; Syges 2008, S.L., y Synertech Ingeniería, S.L., en fecha 1/09/2014, se ha dictado auto aprobando el plan de liquidación cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto aprobando el plan de liquidación.

(Artículo 148.2 LC).

Magistrado-Juez señor don Marcos Bermúdez Ávila.

En Bilbao a 1-09-2014.

Parte dispositiva:

Es aprobado el plan de liquidación formulado por la AC con las modificaciones propuestas por el propio AC en su escrito de 20-06-2014, debiendo respetarse el derecho de adquisición preferente que tengan los socios de Valvospain, mediante la aplicación de la tramitación prevista en el artículo 109 de la LSC.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra ella cabe recurso de apelación. Así lo mando y firmo, Marcos Bermúdez Ávila, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, ante el/la Secretario Judicial.

Así mismo, con fecha 15/09/2014 se ha dictado diligencia de ordenación por la que se abre la sección sexta de calificación y que es del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación:

Secretario Judicial que la dicta: Doña Begoña Vesga Gómez.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: Quince de septiembre de dos mil catorce.

Aprobado que ha sido el plan de liquidación, fórmese la sección 6.ª de calificación.

Formada la sección sexta de este concurso, reclámese a la Administración concursal que, dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo para la personación de los interesados presente un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación, con propuesta de resolución. Si propusiera la calificación como culpable, el informe debe expresar la identidad de las personas a las que debe afectar la calificación y la de quienes hayan de ser consideradas cómplices, justificando la causa, así como la determinación de los daños y perjuicios que, en su caso, se hayan causado por las personas indicadas.

Modo de impugnación: Recurso de reposición ante el Secretario Judicial, mediante escrito presentado en la oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451.3 de la LEC).

Lo dispongo y firmo.

Bilbao, 15 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

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