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Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la Sección I declaración concurso 206 /2013 y NIG nº 13034 41 1 2013 0010197, se ha dictado en fecha 18 de diciembre de 2013 auto de declaración de concurso voluntario de los deudores D. JOSE LUIS ALONSO CALDERÓN y D.ª MARÍA DEL CARMEN JIMÉNEZ DE CASTRO, con DNI n.º 04129969C y 04156552S, respectivamente, cuyo domicilio habitual y el del centro de sus intereses principales lo tienen en calle Palma, 7, 2.ºA, en Ciudad Real.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirán ejerciendo los deudores. Se ha designado, como administración concursal a D. JUAN CARLOS GARCÍA DEL BARBO SÁNCHEZ, con domicilio profesional en calle Castellanos, n.º 60, Valdepeñas (Ciudad Real), y con dirección electrónica delbarbo@telefonica.net, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º La Administración concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.
Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).
Ciudad Real, 27 de enero de 2014.- Secretaria judicial.
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