Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita et proceso concursal 989/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad E.B. Marqueting BCN 2007, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso voluntario 989/2013, Sección C2.
NIG del procedimiento: 08019947120138007369.
Entidad Concursada: E.B. Marqueting BCN 2007, S.L., con CIF número B64485014, y domicilio en PI. Jardins de Tokio, 1, 4.º B, 08034 Barcelona.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del auto de declaración: 16 de enero de 2014.
Administrador concursal: Luis Ignacio Frade Gobeo, con domicilio social en PI. Josep Pla, 4, 1.º - 6.ª, Girona, teléfono núm. 972212050, fax núm. 972220493 y correo electrónico: a.ebmarqueting@fradegobeo.com.
Facultades del concursado: Intervenidas.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 17 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
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