No habiendo comparecido a las citaciones efectuadas a su domicilio conocido, y en cumplimiento de la obligación legal contenida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se notifica a don Carlos Gonzalo Rivas que, de acuerdo con el Informe del Asesor Jurídico General recaído en el Expediente n.º T – 0249/14 que se le instruye de fecha 31 de julio de 2014, junto con la Resolución de la Excelentísima Sra. Subsecretaria de Defensa, de fecha 8 de septiembre de 2014, se ACUERDA el archivo del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas de don Carlos Gonzalo Rivas, dado que no ostenta la condición de Militar Profesional de Tropa y Marinería, haciéndole saber que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la resolución es definitiva en vía administrativa, y que contra ella cabe interponer Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de dicha índole del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Madrid o la correspondiente a su lugar de residencia en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10.1 y 14.1 Primera de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de 13 de julio de 1998, o en su caso, y con carácter potestativo, recurso de reposición previo al Contencioso Administrativo ante la Subsecretaría de Defensa en el plazo de un mes, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la referida Ley 30/1992.
Madrid, 17 de octubre de 2014.- El Instructor, Francisco José López de Uralde Pastor.
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