Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao.
Concurso abreviado 839/2014.
Deudor: CUBRIBERIA, S.L.
Abogado: Alfredo Salvarrey Gómez.
Procurador: Alfonso Legorburu Ortiz de Urbina.
Sobre: Concurso voluntario.
En el referido procedimiento concursal se ha dictado el 17/10/2014 auto de declaración y simultánea conclusión por insuficiencia de masa activa, en la que la parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva
1.-Debo declarar y declaro el concurso voluntario de la entidad CUBRIBERIA, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don Alfonso Legorburu Ortiz de Urbina, y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa.
2.-Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal. La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al procurador del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.
3.-Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia.
4.-Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.
5.-Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución, copia de los inventarios y de las listas de acreedores, y del escrito de subsanación, por si los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de insolvencia punible o de un delito contra los trabajadores.
Bilbao (Bizkaia), 20 de octubre de 2014.- El Secretario judicial.
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