Las mutualistas del Fondo Especial de MUFACE que se relacionan figuran al descubierto de sus cotizaciones al haber devuelto el recibo correspondiente a las cuotas mutuales de carácter semestral. El importe adeudado ha sido reclamado desde el Departamento de Gestión Económica y Financiera con los recargos correspondientes y reclamación en vía de apremio en la Mutualidad. Dichos escritos fueron cursados a las interesadas para que procedieran al abono de los mismos.
Intentada la notificación, no ha podido practicarse al devolver el Servicio de Correos las comunicaciones dirigidas a las mutualistas en los domicilios que figuran en la base de datos del Fondo Especial de MUFACE.
Resuelvo:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero y al no haberse podido practicar notificación, se inserte en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio la notificación de requerimiento de pago indicada.
Nombre y Apellidos |
NIF |
Expediente |
María Josefa Muñoz Álvarez |
27169002E |
430027169002E |
María Dolores Perucho Nieto |
20750835M |
330020750835M |
Los expedientes se encuentran en el Departamento de Gestión Económica y Financiera, Servicio de Cotizaciones y Otros Ingresos, sito en el Paseo de Juan XXIII, n.º 26. 28040. Madrid. Teléfonos 91.273.96.55.
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.
Madrid, 22 de octubre de 2014.- El Director General, Gustavo E. Blanco Fernández.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid