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Documento BOE-B-2014-45240

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 24 de diciembre de 2014, páginas 61251 a 61251 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-45240

TEXTO

El Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente,

Hace saber: Que en los autos de concurso voluntario de D. Miguel Ángel Cortiella Martín y D.ª M.ª del Valle Romero Moreno (con n.º NIF 47.755.458-Y y 47.761.844-K respectivamente ), seguidos en este Juzgado con el n.º 8/2010, se ha dictado en fecha Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de D. Miguel Ángel Cortiella Martín y D.ª M.ª del Valle Romero Moreno (con n.º NIF 47.755.458-Y y 47.761.844-K, respectivamente), seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 8/2010, a instancias de D. Miguel Ángel Cortiella Martín y D.ª M.ª del Valle Romero Moreno y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración concursal.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Civil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de los concursados y del nombramiento de la Administración concursal así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Líbrese para ello el correspondiente mandamiento que se librará de oficio al gozar los concursados del beneficio de justicia gratuita.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tarragona.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma don Cesar Suárez Vázquez, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente

Tarragona, 15 de diciembre de 2014.- El Secretario judicial.

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