El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva, en sesión celebrada el 11 de diciembre de 2013, de acuerdo con el procedimiento establecido en el art. 108 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, acordó:
Otorgar Licencia para la prestación del Servicio Portuario de Practicaje en el Puerto de Huelva a favor de la Corporación de Prácticos del Puerto y Ría de Huelva, S.L.P., por un plazo de diez (10) años, bajo las condiciones y requisitos establecidos en el Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Practicaje del Puerto de Huelva y en el pliego de bases del concurso para la adjudicación de la licencia para prestar el servicio portuario de practicaje en el Puerto de Huelva.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo previsto en el art. 115.3 del citado Texto Refundido.
Huelva, 20 de diciembre de 2013.- La Presidenta, Manuela A. de Paz Báñez.
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