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Documento BOE-B-2014-535

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 2014, páginas 683 a 683 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-535

TEXTO

Edicto

Dña. Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 347/2013, seguido a instancias del Procurador D. Alejandro Valido Farray, en nombre y representación de la mercantil Freiremar, S.A., se ha dictado Auto el día 9 de diciembre de 2013 en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la mercantil Freiremar, S.A., con CIF n.º A-35023746 el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se nombra como Administradores del concurso a la empresa Sánchez Marichal y Umpiérrez Auditores, S.L. que designa a la persona natural para desempeñar el cargo de Administrador concursal a Don Juan Luis Ceballos Toledo, economista, señalando que la oficina o despacho donde desempeñará su cargo en la localidad del ámbito de este Juzgado se encuentra en Avd. Rafael Cabrera, n.º 5, portal 5, entresuelo (Edif. Océano), 35002 Las Palmas de Gran Canaria, telf. 928382550, fax 928383133, y correo electrónico freiremar enconcurso@gmail.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio queda sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Las Palmas de Gran Canaria, 13 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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