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Documento BOE-B-2014-5978

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2014, páginas 7684 a 7684 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-5978

TEXTO

Edicto

D. José Luis Gutiérrez Martín, secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevedra,

Hace saber: Que en el procedimiento de referencia, concurso número 299/2012 de Euro Roca, Sociedad Limitada, con C.I.F. B-36.100.485 se ha dictado Sentencia por la que se aprueba el convenio presentado por la concursada, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

" 1.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la concursada Euro Roca, Sociedad Limitada, presentada por medio de escrito de 30 de septiembre de 2013 obrante en autos, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la Ley Concursal; entre ellos el cese de los administradores concursales en los términos del actual artículo 133 de la Ley Concursal, que deberán rendir cuentas en el plazo de un mes desde la firmeza de la presente.

2.- Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, haciéndose saber a los acreedores que no hubieran optado aún entre las propuestas alternativas que disponen para ello de un mes desde la firmeza de la presente, entendiéndose aplicable la opción primera en caso contrario.

3.- Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal si estuviere operativo y en el Tablón de anuncios de este tribunal.

4.- Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia y entréguense a la representación de la concursada para su diligenciamiento.

5.-. No ha lugar a la formación de la sección sexta, de calificación del concurso.

6.- Llévese testimonio de la presente a los autos principales del concurso.

Modo de impugnación: recurso de apelación a interponer directamente en este Juzgado para ante la Ilustrísima Audiencia provincial de Pontevedra en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución en virtud de lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal, previa la constitución de depósito por importe de cincuenta euros en la cuenta de consignaciones de este mismo Juzgado, domiciliada en la entidad Banesto.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Pontevedra, 3 de febrero de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.

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