Edicto.
Doña María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 y Mercantil de Logroño (La Rioja), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º- Que en el procedimiento número 1239/2012, por auto de fecha 20 de febrero de 2014, se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil "Viviendas de Villamediana, S. Coop.". Asimismo, se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y dercehos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.
2.º- Se ha aprobado la rendidicón de cuentas presentada en su día por la administración concursal de la consursada.
3.º- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores pordrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.
4.º- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de "Viviendas de Villamediana, S. Coop.", cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Cooperativas de La Rioja.
5.º- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del juzgado, así como en el BOE.
Logroño, 20 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.
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