El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 152/2014, NIG n.º 48.04.2-14/004609, por auto de 26/2/2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Aerosol Industrial Research Group, S.L., Ameq Ingeniería y Consultoría Ambiental, S.L. y Gestión Medioambiental y Acústica Acus G, S.L., con NIF B95280970, B95577748 y B95596532, con domicilio en la calle Polígono Ugaldeguren I, P4, módulos 22-23, de Zamudio, 48170 Bizkaia, Polígono Ugaldeguren I, P4, módulos 22-23, de Zamudio, 48170 Bizkaia, Polígono Ugaldeguren I, P4, módulos 22-23, de Zamudio, 48170 Bizkaia, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Zamudio, Polígono Ugaldeguren I, P4, módulos 22-23.
La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
2º.- Que los deudores han sido suspendidos en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituidos por la administración concursal.
3º.- Que la administración concursal está integrada por D/Dª Asís Garteiz-Gogeascoa Gandarias, con D.N.I. n.º 14.920.717-L.
Domicilio postal: C/ Alameda Recalde, 34-3.º dcha.-48009 Bilbao.
Dirección electrónica: asis@garteiz.com
4º.- Que los acreedores de los concursados deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Bilbao (Bizkaia), 26 de febrero de 2014.- La Secretario Judicial.
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