Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 415.51/2011 se ha dictado el 30 de diciembre de 2013 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por CRISTALERIAS ERAUSQUIN, S.L., y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el dia 13 de noviembre de 2013.
2.- La sentencia se fundamente en que la propuesta ha sido aceptada por mayoria suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la L.C.
El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Malaga, que debe interponerse en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días computándose desde la última publicación de este edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletin Oficial del Estado.
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de deposito en cuantia de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto nº 4659, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código "02" de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas Locales y organismos autonómicos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Málaga, 8 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.
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