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Documento BOE-B-2014-9706

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2014, páginas 12503 a 12503 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-9706

TEXTO

Edicto.

Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, anuncia:

Que en el Sección V, Liquidación Concurso 000458/2008, referente al concursado Cano Castro, Sociedad Limitada, por Auto de fecha 25 de febrero de 2014, se ha dictado Auto, que es firme, y cuya parte dispositiva dice:

Decido

Declarar la conclusión del concurso 458/2008, en el que figuraba como concursada Cano Castro, Sociedad Limitada, por fin de la fase de liquidación al haberse procedido a la realización de todos los activos de la consursada y al abono de los créditos hasta el importe de su cuantía. Se aprueba igualmente la rendición de cuentas final aportada.

Contra este Auto no cabrá recurso alguno.

Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Concursal.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme si no consta ya haberse verificado en momento anterior.

La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.

Así lo manda y firma S.S.ª; de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez, El Secretario Judicial,

Publicación: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

Diligencia: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

Oviedo, 28 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

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