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Documento BOE-B-2014-9844

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 2014, páginas 12689 a 12690 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-9844

TEXTO

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000051/2010, seguido a instancias del Procurador don Francisco Javier Blat Avilés en nombre y representación de Espacios Interiores Lanzarorte, S.L., se ha dictado Auto el día 5 de febrero de 2014 en cuya parte dispositiva consta, el literal siguiente:

Auto

Don/Dña Alberto López Villarubia, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de febrero de 2014

Dada cuenta;

Primero.- Que en los presentes autos de procedimiento concursal, con número de registro 0000051/2010 se pusieron de manifiesto en Secretaría, el plan de liquidación presentado por la Administración concursal, sin que en plazo establecido legalmente de quince días, se haya presentado escrito de formulación de observaciones o propuestas de modificación del mencionado plan.

Fundamentos jurídicos

Único.- Que teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 148.2 de la Ley Concursal, si transcurrido el plazo de quince días desde que fueran puestos de manifiesto el plan de liquidación de la Administración concursal, sin que se hubiere formulado, propuesta de modificación o u observaciones, el Juez, sin más trámites, dictará auto declarando aprobado el plan y a él habrán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

Vistas las anteriores normas y demás de general aplicación:

Dispongo:

Haber lugar a la aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración concursal en sus propios términos. En todo lo no previsto se estará a las normas supletorias del artículo 149 y siguiente de la Ley Concursal.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que se preparará ante este Tribunal, dentro del plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla, conforme a lo establecido en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

EL Magistrado Juez.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 5 de marzo de 2014.- Secretaria Judicial.

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