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Documento BOE-B-2014-9989

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2014, páginas 12860 a 12860 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-9989

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 87/2014 en el que se dictado con fecha 6/02/2014 auto declarando en estado de concurso a la entidad Base Viva, S.L. con CIF B62412648 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8000594.

Tipo de concurso: voluntario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Base Viva, S.L. con domicilio en calle Sant Elías, 29, 5, Barcelona ( Barcelona).

Administrador concursal: D.Dª M&M Abogados, con domicilio en c/ Balmes, 186, 2-1, 08006 Barcelona ( Barcelona) con correo electrónico concursobaseviva@mmabogados.org.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito:

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 13 de febrero de 2014.- Secretario judicial.

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