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Documento BOE-B-2016-19556

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 10 de mayo de 2016, páginas 24330 a 24330 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-19556

TEXTO

Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado Mercantil número 1 de Pontevedra,

Por el presente, hago saber:

1.° Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Seccion I Declaración Concurso 0000055/2016-C- y NIG 36038 47 1 2016 0000087, se ha dictado en fecha 7 de abril del 2016, Auto de Declaración de Concurso del deudor Gimnasio Aqua 20, S.L., con CIF B-94.010.220 y domicilio social en avenida de Luigo, número 79, Cangas. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al tomo y libro 3.583, folio 20, Hoja PO-48581, inscripción 1.ª

2.° Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado como Administración concursal a la economista Mónica Santos Bacelar, con despacho profesional en calle Méndez Núñez, núm. 36, 3.° A, 36940 Cangas (Pontevedra) e-mail: msantos@economistas.org, con domicilio postal y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.° Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.° Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

5.° Finalmente, se ha acordado la apertura de la fase de liquidación por petición de la concursada. Se ha declarado disuelta la entidad Gimnasio Aqua 20, S.L., y el cese de los administradores sociales, que son sustituidos por la Administración concursal. Se han declarado vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

Pontevedra, 19 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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