Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 978/2015 en el que se ha dictado con fecha 9 de diciembre de 2015 auto declarando en estado de concurso la entidad INDUSTRIAL ELÉCTRICA JUARANZ, S.A., con CIF A58210493, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2015-8006691.
Tipo de concurso: Voluntario abreviado. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: INDUSTRIAL ELÉCTRICA JUARANZ, S.A., con domicilio en c/ Sants, n.º 186-190, bajos, de Barcelona.
Administrador concursal: MILINERS CONCURSAL, S.L.P., con domicilio en Avda. Diagonal, n.º 550, 3.º 1.ª, de Barcelona, telf. 932720180, fax 934872721, con correo electrónico concursal@miliners.com
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art.85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrán efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 14 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellin.
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