Doña Cristina Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000792/2013, habiéndose dictado en fecha 7-04-2016 por el Ilustrísimo Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número tres de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"Parte dispositiva se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 00079212013, promovido por el Procurador Sra. Verdu Usano, Estefanía Laura, en nombre y representación de la mercantil Turiatrans, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don Emmanuel Nagore Juncadella, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Turiatrans, S.L., con CIF B96033998, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.
Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria Segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán a la Procuradora de la concursada Verdu Usano, Estefanía Laura, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.
Llévese el original al libro de Autos definitivos dejando copia testimoniada en autos e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del concurso.
Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 171.1 LC)
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilustrísima Sra. D.ª MARÍA DEL MAR FERNÁNDEZ BARJAU, Magistrado-Juez de este Juzgado Doy fe."
Valencia, 7 de abril de 2016.- La Letrado de la Administración de Justicia.
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