Edicto.
Don José Antonio Marquínez Beitia, Letrado de la administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,
Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado núm. 394/2014, se ha acordado mediante Auto de fecha 23 de diciembre de 2015 la conclusión y el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario abreviado de la mercantil GARDEN COLOR PRODUCTS, SL, provista de CIF núm. B-55.080.238, con domicilio sito en el Camí Vell del Cementiri, número 3, de la población de Serra d´Aro 17133 (Girona) y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de la concursada mercantil, subsistentes a la fecha de la citada resolución de conclusión de concurso.
En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de conclusión de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.
Y para que sirva publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente
Girona, 23 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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