D.ª Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, hago saber:
Primero. Que en el Concurso Abreviado y Voluntario número 403/11-C se ha dictado el 12/05/2016 Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso del deudor "Codosbe, S.L.", C.I.F. B50157890.
Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Tercero. Contra el Auto de conclusión no cabe recurso.
Zaragoza, 12 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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