D.ª María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil nº 1 de Santander,
Hago saber: Que en el procedimiento de referencia se ha acordado por Auto de fecha 18 de mayo de 2016, lo siguiente:
1. Se declara concluso el presente concurso nº 39/2011, correspondiente a OLIGARQUÍA, S.L., por inexistencia de bienes y derechos del concursado, procediéndose al archivo de las actuaciones.
2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.
4. Se acuerda el cese de la administración concursal.
5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de OLIGARQUÍA, S.L., con CIF nº B-39586409 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil correspondiente conteniendo testimonio de la resolución firme.
Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Santander, 18 de mayo de 2016.- Secretaria Judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid