La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, se sesión de fecha 31 de mayo de 2016, ha resuelto:
(...)Primero.- DAR CUENTA de la Resolución núm. 52/2016 de fecha 11 de mayo, del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, en virtud de la cual se estima parcialmente el recurso especial en materia de contratación interpuesto por ROCA GONZÁLEZ, S.L., contra la referida Resolución del teniente de alcaldía de Hacienda y Servicios Centrales núm. 001773/2016 de fecha 14 de marzo, en virtud de la cual se clasificaron las ofertas por orden decreciente y se declaró como más ventajosa la oferta presentada por la empresa ENDERMAR, S.L., por una oferta económica de 4,65 euros/menú; y se comunicó a la empresa ROCA GONZÁLEZ, S.L. la desestimación de su proposición por haber sido considerada desproporcionada, de acuerdo con la decisión de Mesa Permanente de Contratación de fecha 3 de marzo de 2016.La resolución del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público dispone que se tendrán que retrotraer las actuaciones al momento de emisión de nuevo de este informe; y que hará falta que el órgano de contratación proceda a valorar, si se tercia, las mejoras en conformidad con el sentido propio del art. 151.4 TRLCSP, sin que en ningún caso sea suficiente ni admisible la simple remisión a un cuadro de puntuaciones para efectuar las valoraciones de las ofertas; para que, a la vista de los resultados el órgano de contratación adjudique el contrato a la oferta económicamente más ventajosa.
Segundo.- LEVANTAR la suspensión del procedimiento licitatorio ratificada por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 19 de abril de 2016, y RETROTRAER las actuaciones del presente procedimiento en el sentido dispuesto por la Resolución de Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público.
(...)
Lo que se hace público para general conocimiento.
El anuncio de licitación fue publicado en el BOE de fecha 24 de noviembre de 2015.
L'Hospitalet de Llobregat, 2 de junio de 2016.- El teniente de alcaldía de la Concejalía de Bienestar Social, PD (Resolución 2301/2016 de 31 de marzo, BOPB de 18/04/2016), la técnica letrada de Contratación, Soledat Colomé Coca.
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