Edicto
El Juzgado de lo Mercantil Núm. 2 der A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento Número 297/11-L, por auto de 11 de mayo de 2016 se ha acordado la conclusión y archivo del proceso concursal de Distubogal, S.L. Unipersonal con CIF B- 15636368 y domicilio social en Calle Fernández Latorre, n.º 120, 1 Izq., 15006, A Coruña por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:
1. Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
2. El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
3. Procederá la extinción de la entidad Distubogal, S.L. Unipersonal y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.
Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE. Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.
Así lo acuerda manda y firma el Ilma. Sra. D.ª María Salome Martínez Bouzas, Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Mercantil Núm. 2 de A Coruña, doy fe.
A Coruña, 19 de mayo de 2016.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.
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