El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Málaga acordó, en su sesión de 11 de marzo de 2016, en virtud de las facultades atribuidas por los artículos 30.5 n), 85 y 88 del Real Decreto Legislativo 2/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y de lo dispuesto en la condición 4ª b) del vigente pliego concesional, lo siguiente:
1. Otorgar a "Noatum Container Terminal Málaga, S.A.", una prórroga de 10 años de la concesión administrativa otorgada el 13 de octubre de 1999 para la construcción, adecuación y explotación del Muelle Nº 9, conforme a lo establecido en la condición 4ªb) del vigente título concesional.
2. La modificación sustancial de las condiciones concesionales para el desarrollo y regulación de lo dispuesto en el punto anterior siguiente:
Primero. Se añade una nueva condición al Pliego de Condiciones Generales y Particulares vigente con el número 50 relativa al deber del concesionario de ejecutar las inversiones adicionales comprometidas en su solicitud de prórroga concesional que quedarán adscritas a la concesión administrativa.
Segundo. Se modifica la redacción de la Condición General 36ª añadiéndose un nuevo párrafo entre los incumplimientos susceptibles de ser causa de caducidad.
Lo que se comunica para general conocimiento de conformidad con el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo 2/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Málaga, 24 de mayo de 2016.- El Presidente, Paulino Plata Cánovas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid