El Presidente de la Autoridad Portuaria de Málaga acordó, en virtud de las facultades delegadas por el Consejo de Administración en su sesión de 11 de marzo de 2016 y de lo establecido en los artículos 85.5 y 6 y 88 del Real Decreto Legislativo 2/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, la modificación sustancial de la concesión administrativa otorgada a "Mario López, S.A.U." mediante acuerdo del Consejo de Administración de 6 de octubre de 2004 y modificada por acuerdos de 28 de junio de 2012 y 14 de noviembre de 2014, con destino a la construcción de una nave taller, el uso de una zona colindante y la instalación de una grúa torre de apoyo al dique flotante, consistiendo en lo siguiente:
Objeto de la modificación sustancial: Incluir una ampliación de superficie, la instalación de otra grúa torre, la construcción de otra nave taller y un nuevo cobertizo
Superficie: 5.205 metros cuadrados entre los muelles 4 y 5.
187 metros cuadrados de derecho de vuelo sobre los muelles 4 y 5. 1.883 metros cuadrados de derecho de vuelo sobre la lámina de agua colindante a la zona concesional ocupada en el muelle 4 y 1.649 metros cuadrados de derecho de vuelo sobre la lámina de agua colindante a la zona concesional ocupada en el muelle 5.
Plazo de la concesión: Finaliza el 16 de diciembre de 2027.
Tasas:
1.- Ocupación: 78.462,34 euros/año
2.- Actividad: ascenderá al menos a 18.830,96 euros/año consecuencia de aplicar el 24% de la tasa de ocupación.
Lo que se comunica para general conocimiento de conformidad con el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo 2/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
Málaga, 24 de mayo de 2016.- El Presidente, Paulino Plata Cánovas.
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